Asesoría en nomina
Nuestra gestión
¡Ahorre Tiempo!, realizamos todos los procedimientos de nomina incluidos los de vinculación al sistema de seguridad social, ante las entidades correspondientes como lo son EPS, ARL, Cajas Compensación Familiar. Evitamos la doble vinculación, registro de beneficiarios, y todo los demás procesos correspondientes a las afiliaciones de los empleados.
Mes a mes o de forma quincenal realizamos la liquidación de la nómina, teniendo en cuenta las posibles novedades, horas extras, comisiones, bonificaciones, deducciones y demás componentes del pago laboral, de igual forma estructuramos la planilla para el pago de seguridad social.
A su vez recibirá vía correo electrónico los respectivos desprendibles de pago.
Nuestro servicio de igual manera cuenta con diversas soluciones para el control de su recurso humano, ademas dentro de los paquetes de asesoría en nomina se encuentran los siguientes servicios:
- Certificaciones Laborales
- Certificado de Ingresos y retenciones
- Liquidación de cesantías e intereses de cesantías
- Programación de Vacaciones
- Gestión de cobro de incapacidades
- Liquidación final del vinculo laboral
- Desafiliaciones
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Aspectos que debe tener en cuanta sobre nomina y parafiscales, planes de Sigeth Consultoria.
Aportes para Pensión y Salud
Los aportes para pensión se sacan del Ingreso Base de Cotización (IBC) es decir del: salario básico, trabajo extra, comisiones, bonificaciones habituales y demás remuneraciones que constituyen factor salarial, se excluye el subsidio de transporte.
- Salud: 12,5%= el empleador paga el 8,5% y el trabajador el 4%
- Pensión: 16%= el empleador paga el 12% y el trabajador el 4%
- Fondo de Solidaridad: lo pagan los asalariados que ganen mas de 4 salarios mínimos, equivale al 1% del Ingreso Base de Cotización, sin subsidio de transporte.
Parafiscales
Las empresas de las nominas mensuales deben pagar a ciertas entidades, las cuales son:
1. ARL: Riesgos Profesionales, lo paga la empresa por lo genera es de 0,522%, este porcentaje es de acuerdo a la empresa y el riesgo. Del total devengado, deducido el auxilio de transporte.
2. ICBF: 3% del total devengado deducido el auxilio de transporte.
3. Sena: 2% del total devengado deducido el auxilio de transporte.
4. Caja de Compensación Familiar: 4% del total devengado.
El neto pagado a un trabajador resulta de restar del total devengado, el total de deducciones.
Apropiaciones
Con el fin de causar los gastos correspondientes a las prestaciones sociales que adeuda una empresa a los trabajadores, el empleador debe calcular las provisiones sobre su nomina mensual. Los porcentajes que las empresas deben tener en cuenta para efectuar las provisiones de ley son los siguientes:
1. Cesantías: 8,33% mensual sobre el salario mensual devengado
2. Intereses a las Cesantías: 1% mensual sobre el valor de las cesantías acumuladas.
3. Prima de Servicios: 8,33% mensual sobre el salario mensual devengado
4. Vacaciones: 4,16% mensual sobre el salario mensual devengado, sin auxilio de transporte.
Ítem de nuestra nomina
- Salario mínimo $781.242.
- Auxilio de transporte $88.211.
- Comisiones.
- Incentivos.
- HED 25%
- HEN 75%
- REC NOCT 35%
- REC DOM Y/O FES 175%
- HEFD 200%
- HEFN 250%
- REC NOCT DOM Y/O FES 110%
- DOMINICAL PROPORCIONAL
- HORA LACTANCIA
- LIC REMUNERADA
- LIC NO REMUNERADA
- LIC POR CALAMIDAD
- LIC POR LUTO
- LIC MATERNIDAD
- LIC PATERNIDAD
- SUSP SANCION DISCIPLINARIA
- DESCUENTO POR RETARDO
Prestaciones sociales
los beneficios y garantías al favor del trabajador son:
1. Cesantías: 30 días de salario por cada año de servicios o proporcional, si el sueldo es variable se realiza un promedio de lo devengado en el ultimo año.
2. Prima de Servicios: se liquidan 15 días de salario mensual a quienes laboren todo el semestre o proporcionalmente por fracción, cuando el trabajador haya laborado como mínimo 90 días del respectivo semestre. Los trabajadores con contrato a termino fijo tienen derecho a la prima independientemente del tiempo laborado.
3. Vacaciones: se liquidan 15 días de salario por cada año de servicio, a quien labore por lo menos 180 días. Los trabajadores a termino fijo tienen derecho a que se le liquiden vacaciones, independientemente del tiempo laborado.
4. Intereses sobre las Cesantías: se liquida el 12% por cada año o proporcionalmente por el tiempo de servicio. 1% mensual. Los empleadores deben pagar antes del 31 de enero el valor de los intereses sobre las cesantías acumuladas al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior. Los intereses se pagan a la terminación del contrato y cuando efectúa el retiro parcial de cesantías. Se calculan sobre el monto de las cesantías acumuladas a diciembre 31 o a la fecha de liquidación.
Novedades
1. Licencia por luto: ley 12980 de 2009 5 días hábiles.
2. Licencia o descanso durante el periodo de lactancia: 2 periodos de 30 minutos cada uno.
3. Licencia de Maternidad: 12 semanas o 84 días, la cubre la EPS 10% de IBC.
4. Licencia de Aborto o Parto Prematuro: de dos a cuatro semanas, la paga la EPS el 100%.
5. Licencia de Paternidad: Ley María 755 de 2002 son 8 días hábiles si ambos cotizan o 4 días si solo cotiza el padre, 100% la cubre la EPS.

¿Como realizamos los pagos?
- Consignaciones bancarias.
- Pagos en efectivo.
- Transferencias electrónicas.
- Pagos en especie.